Que levante la mano el profesional que se dedique a la Web 3.0 y que no haya tenido que responder esta pregunta. Los escépticos de los NFTs suelen cuestionar en tono desafiante cuál es la diferencia entre «poseer un NFT» y descargar la misma imagen que se representa en él, guardarla digitalmente y observarla y copiarla cuantas veces deseen. Para entender profundamente en qué radica la diferencia y por qué puede tener sentido poseer un NFT en lugar de simplemente bajarse una copia del JPG que hay tras él lo primero que hay que entender es ¿qué es un NFT? NFT responde a la expresión Non-Fungible Token, es decir token no-fungible. El dinero es lo fungible por excelencia: dos billetes de 10 euros diferentes entre sí son perfectamente intercambiables y su valor equivale; son fungibles. En cambio, un NFT no lo es: puedes cambiar por ejemplo un mono de BAYC (Bored Ape Yatch Club) por otro, pero ambos serán únicos, el trueque permitirá trazar e identificar el cambio de valor y elemento que se produce entre quienes los intercambian. Hay ciertos NFTs que tienen ciertos «rasgos de fungibilidad», pero para simplificar la explicación, no los trataremos aquí. Pero, ¿cómo se acredita la unicidad del NFT? Cuando una persona adquiere un NFT, lo está llevando a una billetera de su propiedad, sea ésta propia o gestionada por el marketplace donde adquiere dicho NFT. Esta operacion se registra en la Blockchain y, en resumen, la anotación viene a decir que el titular del NFT es tal o cual dirección pública de Blockchain, que a su vez apunta a una ubicación en Internet (podríamos decir que una especie de URL) que contiene el fichero audiovisual que hay detrás del NFT: lo que llamaríamos el JPG. Esto es lo que visualmente aparece cuando lo observamos. Una de las cosas más interesantes que usualmente incorporan los NFTs es que el fichero audiovisual al que apuntan se aloja bajo lo que se llama IPFS (Inter Planetary File System). Es decir, en resumen, IPFS permite alojar de modo descentralizado, repartido entre diversos ‘nodos’, el fichero y además, permite hacerlo asegurando su inmutabilidad. Es decir, si compro un NFT, puedo tener la seguridad de que el fichero audiovisual al que apunta no se va a cambiar por otro: si no, vaya chasco… ¿Puede una persona (o incluso el propietario del NFT) descargar el JPG que hay detrás del NFT y verlo y mostrarlo a los demás incluso? Sí, puede hacerlo. Pero lo que no puede desmostrar es que la titularidad del NFT es suya o que el mismo sea único (un JPG se puede copiar infinitas veces, un NFT no). Yo puedo sacar fotos a la Gioconda, pero al hacerlo no puedo demostrar que yo sea su dueño. Y precisamente aquí radica gran parte de la diferencia entre poseer un JPG y poseer un NFT cuya titularidad pudo demostrar. El hecho de poder demostrar la titularidad de un NFT trae consigo determinadas «ventajas» no-asociables a un mero-JPG:
- Demuestro que el NFT está en mi cartera (mi wallet) y con ello, en no pocas ocasiones, logro tener acceso a compras preferentes o ventajas para las que debo demostrar que mi cartera aloja tal o cual NFT.
- La propiedad sobre un NFT confiere a su titular una condición de pertenencia a una comunidad y ésta puede ser prestigiosa, vanidosa, elitista o presuntuosa (o todo lo contrario). Lo que marca el carácter de cada comunidad termina siendo la propia comunidad que hay detrás de cada conjunto de NFTs pertenecientes a una misma colección.
- Técnicamente es posible emplear el NFT como llave de acceso a espacios digitales restringidos. Es decir, son espacios a los que sólo se puede acceder previa conexión de la wallet del usuario y chequeo de la presencia en ella del NFT.
- El NFT puede ser un elemento que empleo para superponerlo a un personaje en un videojuego o aportarme ciertas ventajas en un entorno o plataforma digital que lo integra. Podríamos decir que los NFTs son a la Web 3.0 lo que los skins a los videojuegos «tradicionales» no descentralizados (de nuevo, hay NFTs que ya operan como skins en la Web 3.0, pero empleamos esta imagen para simplificar su comprensión).
- Los NFTs están empezando a operar como lo que llaman activos DeFi, es decir activos de Finanzas Descentralizadas, que permiten obtener en determinadas plataformas de Blockchain rendimientos y retornos económico-financieros que un JPG jamás daría por sí mismo.
He procurado no ponerme técnico ni emplear demasiadas palabras crípticas (o no al menos sin explicarlas), para que cualquiera pueda entender los conceptos que hay detrás. Sé que habrá quien siga sin estar convencido y, en ese caso, estaré encantado de alargar el debate y confrontar argumentos siempre que sea con afán constructivo. No obstante, estoy convencido de que al margen de lo que yo pueda decir, en muy poco tiempo la realidad nos mostrará tanto a escépticos como a profesionales de la Web 3.0, que el valor de los NFTs se desarrollará más y más y se forjarán en torno suyo el futuro de las comunidades digitales, las relaciones sociales y la descentralizacion de Internet. Por mi lado, yo seguiré trabajando a tope para que ese valor de los NFTs (que no obstante no es ni mucho menos lo único que la Web 3.0 tiene que ofrecer) se haga evidente y para que su usabilidad y utilidad sean cada vez mayores. En un futuro no muy lejano, espero que los NFTs nos sirvan a todos en este planeta para expresar quiénes somos, qué nos interesa y cuáles son las comunidades a las que pertenecemos, todo ello de manera demostrable, certificada a través de la Blockchain y susceptible de acumular también valor económico. Por Carlos Solana
Comentarios